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Análisis de caucho para contacto con alimentos

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No existe un reglamento armonizado específico europeo que especifique los requisitos para los materiales y objetos de caucho destinados a estar en contacto con alimentos. Sin embargo, existen dos directrices europeas para los materiales y objetos de caucho destinados a entrar en contacto con alimentos, que ayudan a fabricantes e importadores a garantizar el cumplimiento con el Reglamento 1935/2004/CE.

El Consejo Europeo publicó la Resolución ResAP (2004) 4, que establece una lista de sustancias básicas que normalmente están permitidas en la fabricación de caucho. No es una lista positiva de sustancias autorizadas, pero puede utilizarse para una evaluación real de las precauciones que deben tomarse cuando se utilizan las sustancias. La guía también ayuda con ejemplos de cálculo que se pueden usar para evaluar si se requieren pruebas. Estos cálculos se basan en:

  • Área de contacto entre los alimentos y el material de caucho
  • Duración del contacto
  • Temperatura de contacto
  • Número de contactos repetidos

En su guía nº XXI, el Instituto Federal Alemán para la Evaluación de Riesgos (German Federal Institute for Risk Assessment) también establece una relación de sustancias que pueden utilizarse en la fabricación de caucho, así como recomendaciones sobre qué pruebas deben realizarse con los materiales y objetos.

Solo están regulados a nivel europeo los requisitos para los chupetes y las tetinas de goma con una directiva específica a nivel de la UE: la Directiva 93/11/CE de la Comisión. Debido a que estos productos suelen estar en contacto prolongado con la mucosa de la cavidad bucal, se decidió que deberían estar regulados por una directiva específica que estableciese límites para la liberación de N-nitrosaminas y sustancias N-nitrosables.

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